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Derechos de Padres17 de enero de 20267 min de lectura

Patria Potestad en Chile: Qué Es y Cómo se Ejerce

Conozca qué es la patria potestad en Chile, quién la ejerce, su diferencia con el cuidado personal, administración de bienes y la emancipación.

Patria Potestad en Chile: Qué Es y Cómo se Ejerce

Este artículo es de carácter informativo y no constituye asesoría legal profesional.

La patria potestad es una institución fundamental del derecho de familia que otorga a los padres derechos y deberes sobre los bienes de sus hijos. A diferencia del cuidado personal, que se refiere a la crianza diaria, la patria potestad tiene un carácter eminentemente patrimonial.

Definición Legal

El Artículo 243 del Código Civil define la patria potestad como:

"El conjunto de derechos y deberes que corresponden al padre o a la madre sobre los bienes de sus hijos no emancipados."

Además, la patria potestad se extiende a los derechos eventuales del hijo que está por nacer, protegiendo anticipadamente sus intereses patrimoniales.

Contenido de la Patria Potestad

La patria potestad comprende tres facultades principales:

1. Derecho Legal de Goce

También llamado usufructo legal, es la facultad de:

  • Usar los bienes del hijo
  • Percibir los frutos que estos generen
  • Con la obligación de conservar la forma y sustancia de los bienes

Este derecho es personalísimo e intransferible. No puede cederse a terceros.

Ejemplo: Si el hijo recibe una herencia que incluye un departamento, el padre que ejerce la patria potestad puede arrendarlo y percibir las rentas, pero debe mantener el inmueble en buen estado.

2. Administración de los Bienes

Implica la facultad de:

  • Gestionar los bienes del hijo
  • Realizar actos de administración ordinaria
  • Celebrar contratos necesarios para la conservación de los bienes

Para ciertos actos de mayor relevancia (como vender inmuebles), se requiere autorización judicial.

3. Representación Legal

El padre que ejerce la patria potestad es el representante legal del hijo en todos los actos jurídicos que este no pueda realizar por sí mismo.

Esto incluye:

  • Comparecer en juicios
  • Celebrar contratos
  • Realizar trámites administrativos
  • Aceptar herencias o donaciones

Diferencia con el Cuidado Personal

Es fundamental distinguir entre patria potestad y cuidado personal:

AspectoPatria PotestadCuidado Personal
ContenidoBienes y representación legalCrianza y cuidado diario
NaturalezaPatrimonialPersonal
FacultadesAdministrar, usar bienes, representarAlimentar, educar, supervisar
RegulaciónArts. 243-273 Código CivilArts. 224-228 Código Civil
TérminoEmancipación (18 años)Mayoría de edad

Ambas instituciones pueden corresponder a la misma persona o a personas diferentes, según las circunstancias.

Quién Ejerce la Patria Potestad

Regla General: Padres que Viven Juntos

Cuando los padres viven juntos, la patria potestad puede ser ejercida:

  • Por el padre
  • Por la madre
  • Por ambos conjuntamente

Los padres pueden acordar la forma de ejercicio mediante escritura pública o acta ante el Registro Civil.

Padres que Viven Separados

Según el Artículo 245 del Código Civil, si los padres viven separados, la patria potestad será ejercida por aquel que tenga el cuidado personal del hijo.

Sin embargo, los padres pueden acordar:

  • Que la ejerza el padre que no tiene el cuidado personal
  • Que la ejerzan ambos conjuntamente

Ejercicio Conjunto

El ejercicio conjunto de la patria potestad implica que ambos padres deben actuar de común acuerdo en los actos de administración y representación. Si hay desacuerdo, pueden recurrir al tribunal.

Actos que Requieren Autorización Judicial

Ciertos actos de administración extraordinaria requieren autorización del tribunal para proteger los intereses del hijo:

Tipo de actoRequisito
Enajenar bienes raíces del hijoAutorización judicial
Gravar bienes raíces (hipoteca)Autorización judicial
Enajenar o gravar derechos hereditariosAutorización judicial
Disponer de acciones o valores importantesAutorización judicial
Celebrar arrendamientos por largo plazoAutorización judicial

El tribunal autorizará el acto solo si es conveniente para el hijo.

Bienes Excluidos de la Patria Potestad

No todos los bienes del hijo quedan sujetos a la administración de los padres:

Peculio Profesional o Industrial

Los bienes adquiridos por el hijo en ejercicio de una profesión, industria u oficio, quedan bajo su propia administración. Esto aplica, por ejemplo, a:

  • Remuneraciones por trabajo
  • Honorarios profesionales
  • Ganancias de actividades comerciales propias

Bienes Donados o Legados con Condición

Si al hacer una donación o legado se impone la condición de que el padre o madre no los administre, estos bienes quedan excluidos de la patria potestad.

Término de la Patria Potestad: La Emancipación

La patria potestad termina con la emancipación del hijo, que puede ser:

Emancipación Legal

Se produce por el solo ministerio de la ley cuando:

CausalEfecto
Mayoría de edadAl cumplir 18 años, el hijo se emancipa automáticamente
Muerte del padre o madreSi solo uno ejercía la patria potestad
Matrimonio del hijoEl hijo menor que contrae matrimonio se emancipa
Decreto de posesión provisoria o definitivaEn caso de desaparición del padre o madre

Emancipación Judicial

El tribunal puede decretar la emancipación cuando:

  • El padre o madre maltrata habitualmente al hijo
  • El padre o madre ha abandonado al hijo
  • El padre o madre es inhábil para ejercer la patria potestad (por incapacidad mental, por ejemplo)
  • El padre o madre ha sido condenado por ciertos delitos graves

Responsabilidad del Padre o Madre

Quien ejerce la patria potestad responde de la administración de los bienes del hijo. Esto implica:

  • Obligación de rendir cuenta al término de la patria potestad
  • Responsabilidad por los daños causados por mala administración
  • Deber de diligencia en la conservación de los bienes

Si el padre o madre administra negligentemente los bienes, puede ser removido de la administración y obligado a indemnizar los perjuicios.

Suspensión de la Patria Potestad

A diferencia del término definitivo, la patria potestad puede suspenderse temporalmente por:

  • Demencia del padre o madre
  • Menor edad del padre o madre
  • Interdicción por disipación
  • Larga ausencia del territorio

Durante la suspensión, la patria potestad pasa al otro padre o, en su defecto, se nombra un curador.

Casos Especiales

Hijo de Filiación No Matrimonial

Si la filiación del hijo ha sido determinada judicialmente contra la oposición del padre o madre, este padre o madre queda privado de la patria potestad, salvo que el tribunal decida lo contrario en interés del hijo.

Padres Menores de Edad

Si el padre o madre es menor de edad, la patria potestad sobre los bienes del hijo es ejercida por el abuelo o abuela que corresponda, hasta que el padre o madre alcance la mayoría de edad.

Diferencia con la Tutela y Curatela

InstituciónAplica aContenido
Patria potestadHijos no emancipadosBienes y representación por los padres
TutelaImpúberes sin patria potestadCuidado y administración por terceros
CuratelaMenores adultos, incapacesAdministración de bienes por terceros

Asistencia Legal

Para asuntos relacionados con la patria potestad, se recomienda consultar con un abogado especialista en derecho de familia. Si no cuenta con recursos, puede obtener asistencia gratuita en la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ).

Para conocer más sobre el cuidado de los hijos, consulte nuestro artículo sobre cuidado personal de los hijos en Chile.

Para información sobre los derechos de los padres tras la separación, revise nuestra guía sobre derechos de los padres en la separación.


La información contenida en este artículo es de carácter general e informativo. Para situaciones específicas, se recomienda consultar con un abogado especialista en derecho de familia. Este contenido no constituye asesoría legal.